AYUNTAMIENTO CEUTA.

 
Entre Pueblos
ANUNCISE AQUI. INCREMENTE SUS VISITAS
   Inicio    El tiempo Teléfonos de Interés Ministerios de España   Historia de España   Pueblos más Vistos      
2526/TDC728x90c10

 

AYUNTAMIENTO Ceuta

GOBIERNO Y ADMINISTRACION

La Constitución Española de 1978 establece en su disposición transitoria quinta:

Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades autónomas si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros y así lo autorizan las Cortes Generales, mediante una ley orgánica, en los términos previstos en el artículo 144.

Ceuta tiene la denominación de Ciudad Autónoma de Ceuta, a raíz de la aprobación de su Estatuto de Autonomía, que es la Ley Orgánica 1/95, publicada en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) de fecha 14 de ma...

Ver el articulo completo Ver Galeria de Fotos

Añadir un nuevo articulo a esta sección

Volver al pueblo de CEUTA
Volver a Ceuta
Volver a entrepueblos.com

Otros pueblos de España: A Coruña -Álava -Albacete -Alicante -Almería -Asturias -Ávila -Badajoz -Baleares -Barcelona -Burgos -Cáceres -Cádiz -Cantabria -Castellón -Ceuta -Ciudad Real -Córdoba -Cuenca -Girona -Granada -Guadalajara -Guipúzcoa -Huelva -Huesca -Jaén -La Rioja -Las Palmas -León -Lleida -Lugo -Madrid -Málaga -Melilla -Murcia -Navarra -Orense -Palencia -Pontevedra -S.C de Tenerife -Salamanca -Segovia -Sevilla -Soria -Tarragona -Teruel -Toledo -valencia -Valladolid -Vizcaya -Zamora -Zaragoza si desea volver a la página principal de www.entrepueblos.com pulse aquí.